Tal como informara El Regional Digital sobre la aprobación por parte del Concejo Deliberante de 9 de Julio en relación a la documentación 190-2022: D.E- Proyecto de Ordenanza. Regulación de Agroquímicos, y que se aprobó por unanimidad en el órgano legislativo el pasado jueves 23,
En ese orden esta mañana la Intendente Municipal Maria Jose Gentile brindo mayor amplitud sobre la ordenanza aprobada en dialogo con el programa Acontecer Rural por FM 102.7 Radio Amanecer donde fue consultada.
“Es una ordenanza que fue trabajada aproximadamente durante dos años, con toda la evidencia puesta sobre la mesa, y un trabajo a conciencia realizado, donde cada uno de los actores pudo volcar las inquietudes y poder trabajar en esto.
Mientras estaba en campaña, en las charlas con la Sociedad Rural, y con los diferentes actores, fue que mi voluntad era que esta ordenanza siguiera su camino”, recordó y agrego “porque lo consideramos más que necesario, al no tener una legislación nacional y provincial de peso, que nos marque el camino”, puntualizo.
En otro orden explico que la nueva ordenanza tiene una zona de exclusión, que es de 200 metros para aplicación terrestre ( de 2000. metros para la aplicación aerea, ver link en la ordenanza Art. 9), y tiene una zona de amortiguación que también es de 200 metros, en esa zona pueden aplicarse los fitosanitarios, con un control y cumpliendo ciertas normativas, como el control de un fiscalizador, que es una nueva figura, que quedó volcada en la ordenanza, informo.
Mira que dice la nueva Ordenanza de aplicación de fitosanitarios aprobada en el HCD de 9 de Julio
Además se abrirá un registro de fiscalizadores, que en general son ingenieros agrónomos, nos parece más que importante, obviamente a los ingenieros agrónomos también les pareció necesario, y al resto de los actores. Es un registro que va a llevar el municipio, que luego se va a hacer por sorteo, a ver quién designa, el productor tiene que convocar a ese fiscalizador, y 48 horas previas a la colocación, bueno, presentar toda la normativa necesaria, con la firma no solamente del dueño del campo, sino con quién va a aplicar, y la firma del fiscalizador”, explico.