El Gobierno implementó un nuevo esquema impositivo tras la eliminación del Impuesto PAIS, manteniendo la carga del 30% pero con modificaciones significativas en su alcance y aplicación. La medida se oficializó mediante la Resolución General 5617/2024, publicada este jueves en el Boletín Oficial y empezará a regir desde el lunes 22 de diciembre, cuando el PAIS dispuesto en la ley 27.541 en 2019 llegue a su fin.
Por tal motivo, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó la resolución en la que da cuenta de que el tributo no será reemplazado, pero confirma que el dólar tarjeta y el dólar solidario mantendrán el recargo del 30% en concepto de la percepción de Ganancias.
De acuerdo con la norma, el gravamen ya no llevará el nombre de Impuesto PAIS y se eliminan ciertas percepciones para sectores específicos, principalmente en el ámbito financiero. No obstante, los consumidores continuarán abonando este tributo en operaciones como la compra de dólar ahorro y la adquisición de bienes y servicios en el exterior.
De todas las maneras, el dólar tarjeta se abarata un 30%, es decir, queda a la mitad de lo que es hasta ahora dado que sumadas todas las percepciones es un 60% más caro que el tipo de cambio oficial (es decir, sin impuestos). A partir del lunes, a la cotización del oficial hoy, el dólar solidario quedaría a $1355.
Tal como había dado a entender el ministro de Economía, Luis Caputo, el recargo del 30% que se aplicaba a las compras con plástico (consumos en el exterior, y servicios turísticos y de transporte internacionales) no será compensado.
El dólar solidario hoy con ese recargo del 60% conformado por los impuestos PAIS (30%) y la retención de 30% en concepto de anticipo de Ganancias asciende de $ 1.042,50 (a lo que cotiza el oficial, al que acceden muy pocos a través del cupo mensual de US$ 200) a $1668.
Dólar: ¿quiénes estarán alcanzados por el impuesto del 30%?
- Compra de dólar ahorro o sin destino específico vinculado al pago de obligaciones en el MULC o el pago de obligaciones de importación de mercaderías incluidas en la Nomenclatura Común del Sur (NCM).
- Cambio de divisas efectuados por las entidades financieras por cuenta y orden del adquirente, locatario o prestatario destinadas al pago de adquisición de bienes y/o prestaciones de servicios realizadas en el exterior, que se cancelen mediante tarjetas de crédito y débito. Se incluyen las compras realizadas en portales o sitios virtuales y cualquier otra modalidad de compras a distancia.
- Adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y trismo, mayoristas y minoristas del país.
- Adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática de pasajeros con destinos fuera del país.
El nuevo régimen excluye ciertos sectores, como el transporte terrestre hacia países limítrofes y los gastos vinculados a salud, medicamentos, libros y plataformas educativas. También quedan excluidos del nuevo régimen el cobro de dividendos y la suscripción en pesos o títulos emitidos en dólares por el BCRA.
La eliminación del Impuesto PAIS y la continuidad de la percepción de Ganancias generarán un ajuste en las estrategias de consumo en dólares. Para operaciones turísticas y compras en el exterior, los consumidores seguirán enfrentando un sobrecosto significativo, aunque menor que el actual.
Con el dólar blue cotizando en torno a $1.205 y el dólar MEP a $1.133, el nuevo dólar tarjeta reducirá la brecha entre estas opciones y el oficial. Esto podría incentivar el uso de la tarjeta para consumos en el exterior, dado que las percepciones aplicadas son reembolsables en un plazo aproximado de un año. (DIB)