La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) volvió a extender el plazo, esta vez hasta el 9 de agosto, para la recategorización del monotributo del primer semestre del año. La decisión se oficializó a través de la Resolución General 5534/2024 publicada este lunes en el Boletín Oficial.

La recategorización, habitualmente, suele tener como fecha límite los días 20 de los meses de julio y enero, la demora en la aprobación del paquete fiscal alargo los plazos.

Según la AFIP, se modificaron las fechas para “promover y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes y/o responsables”.

Además, se prorrogó también el vencimiento de la obligación de pago mensual correspondiente al período agosto de 2024.

Paso a paso: cómo realizar la recategorización

Aquellos monotributistas que superen el monto de ingresos de la categoría actual deben realizar una recategorización. También, si la superficie afectada a la actividad, la energía eléctrica consumida o los alquileres devengados cambiaron es posible que se deba realizar el trámite. Para eso, se deben seguir los siguientes pasos:

  • – Acceder al Portal Monotributo: Ingresar al sitio web de la AFIP con la Clave Fiscal.
    • – Ingresar a la opción recategorización: Detallar el monto facturado en los últimos 12 meses.
      • – Imprimir la nueva credencial de pago: Una vez realizada la recategorización, la nueva credencial de pago estará disponible para su impresión.
        • – Pago de la nueva categoría: El importe correspondiente a la nueva categoría se abonará el mes siguiente a la recategorización, no en el momento de realizarla.

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